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APRENDER MÁS SOBRE LA RESIDENCIA

Hay un tipo de residencia para todos en Costa Rica. Jubilación, Otros ingresos, Familia, Inversionista.

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TIPOS DE RESIDENCIA

JUBILADO - PENSIONADO

¿Quién califica?

Este programa se aplica a cualquier persona que ya esté jubilada de su profesión habitual y que ya esté recibiendo los beneficios de la pensión.

Requisitos de ingresos

Debe mostrar prueba de ingresos mensuales de un plan de pensiones calificado de por lo menos $1,000 dólares por mes.

Un plan de pensiones puede incluir lo siguiente

Pensiones de los gobiernos locales, estatales, provinciales y federales de la mayoría de los países, el sistema canadiense de pensiones para la vejez, las prestaciones de la Administración de Seguridad Social y de la Jubilación Ferroviaria de los Estados Unidos, los planes de pensiones de empresas privadas, los planes de beneficios definidos, los planes 401K, la pensión del distrito escolar, las distribuciones de IRA, Keogh, etc. Para poder tener un plan de pensiones calificado, la pensión debe ser pagadera al solicitante residente de por vida. Muchas anualidades de por vida también pueden calificar como una pensión.

Ingreso de pensión para parejas casadas

Una pareja casada necesita mostrar prueba de sólo una (1) pensión mensual de al menos 1.000 dólares estadounidenses para que tanto el esposo como la esposa puedan calificar para solicitar la residencia. El beneficiario de la pensión puede ser cualquiera de los dos cónyuges. Se incluyen los matrimonios del mismo sexo.

OTROS INGRESOS - RENTISTA

¿Quién califica?

Este programa aplica a aquellos individuos que aún no se han jubilado, que no necesitan trabajar mientras viven en Costa Rica, y que se encuentran recibiendo de forma garantizada, un ingreso que no provenga de un trabajo remunerado de $2,500 dólares por mes y que provengan de inversiones, ahorros o de otras fuentes, y aquellas personas que pueden probar que el ingreso será recibido de forma garantizada por al menos un periodo de dos años.

Requisito de ingresos

Los aplicantes deberán de probar su capacidad de recibir $2,500 por mes por al menos dos años consecutivos.

Los ingresos procedentes de salarios o sueldos, o cualquier forma de empleo no califican como ingresos no salariales y no pueden ser utilizados para solicitar el estatus de Rentista.

El método más común para poder probar este tipo de ingreso es por medio de una carta por parte de un notario de un banco o de una institución financiera indicando que el aplicante tiene al menos un monto de $60,000 dólares a largo plazo en una cuenta y que el aplicante está de acuerdo con depositar y transferir a Costa Rica la suma de $2,500 por mes por los siguientes veinticuatro meses.

Otros tipos de fuentes de ingresos incluyen los ahorros, las ganancias de rentas de propiedades o dividendos. No es obligatorio que la cuenta bancaria esté en Costa Rica. Sin embargo, es mucho más fácil obtener la carta del banco cuando la cuenta se abre en un banco costarricense.

Ingreso para parejas casadas

Los mismos $2,500 por mes de ingreso es necesario para personas que aplican estando solteras o casadas, o para los aplicantes que tengan niños dependientes. Se incluyen los matrimonios del mismo sexo.

MATRIMONIO Y FAMILIA - VINCULO

¿Quién califica?

Este programa se aplica a las personas casadas o que tienen una relación de parentesco con un ciudadano costarricense. El solicitante no costarricense debe probar que tiene una relación en primer grado, ya sea por matrimonio o por nacimiento, con un ciudadano costarricense, y el ciudadano costarricense debe estar dispuesto a patrocinar la residencia del solicitante.

Este programa incluye solicitudes para un cónyuge, hijo, hija, padre, madre, y hermanos solteros hasta la edad de veinticinco, pero el programa no incluye a los miembros de la familia extendida como abuelos, tíos, tías y primos.

Vínculo por el matrimonio

Registro de Matrimonio

Antes de presentar la solicitud el matrimonio debe ser inscrito oficialmente en el Registro Civil de Costa Rica y el Registro Civil debe poder emitir una copia certificada del certificado de matrimonio.

Los solicitantes deben demostrar que el matrimonio es legítimo y no una farsa si la pareja ha estado casada por menos de 2 años. Ambos cónyuges deben asistir a una entrevista en persona en la oficina de inmigración después de presentar la solicitud.

Vínculo por ser el padre de un niño nacido en Costa Rica

Aplicación

Las solicitudes basadas en el nacimiento de un niño en Costa Rica se aprueban como residentes permanentes. La solicitud puede incluir a los padres y hermanos del ciudadano costarricense.

Los padres del niño que nació en Costa Rica pueden ser llamados a asistir a una entrevista en Migración para declarar que los padres están comprometidos con el mantenimiento y el cuidado del niño.

INVERSIONISTAS Y NEGOCIOS - INVERSIONISTA

¿Quién califica?

Este programa se aplica a los individuos que hacen una inversión directa en Costa Rica de al menos $200,000 USD. La inversión puede hacerse en cualquier tipo de negocio, bienes raíces comercial o vivienda.

El solicitante debe demostrar que el monto ya invertido (no el valor actual o futuro) tiene un valor registrado o verificable de por lo menos $200,000 USD.

Tipo de inversiones

La inversión puede realizarse en cualquier tipo de negocio, incluyendo la manufactura, transporte, hostelería, hotel, B&B, bar, restaurante, la industria turística, tours, parques de atracciones, parques de aventura, los bienes inmuebles comerciales y los bienes inmuebles no comerciales.

Esto permite la compra de una casa como una inversión aceptable a los efectos de solicitar la residencia, siempre que la cantidad invertida sea de al menos 200.000 dólares. Este tipo de inversión puede incluir no sólo el precio de compra de una casa en Costa Rica para uso personal, sino también la compra de tierras para su futuro desarrollo, o para su preservación, incluyendo propósitos ecológicos, ambientales o de preservación de cuencas. Otros requisitos específicos se aplican a este programa.

OTROS TIPOS DE RESIDENCIA

Solicitudes de residentes permanentes

Podemos ayudarte a solicitar la residencia permanente en Costa Rica. Para calificar, primero debe ser un residente temporal bajo uno de los programas mencionados anteriormente por al menos tres años.

Solicitudes de ciudadanía de Costa Rica

Cuando decides que Costa Rica es tu nuevo hogar, podemos ayudarte con el proceso de convertirte en ciudadano costarricense después de siete años de residencia.

Visas especializadas

También podemos ayudarle a obtener su residencia temporal en Costa Rica como miembro del clero o empleado o representante de una empresa extranjera que trabaje en Costa Rica, incluyendo personal de nivel ejecutivo, técnico y profesional.

Obtener un permiso de trabajo es casi lo mismo que solicitar la residencia. Requiere que el solicitante tenga una oferta de trabajo de buena fe y que la empresa que ofrece el trabajo debe proporcionar documentación e información sobre la propia empresa, la oferta de trabajo y una certificación de las razones razones por las que un candidato extranjero está especialmente calificado para el puesto en lugar de un ciudadano costarricense..